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Es un mecanismo de protección que permite a toda persona acudir ante las autoridades judiciales para obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad o de los particulares, en los casos establecidos en la Ley.

¿Cuándo es procedente?

  • La Acción de Tutela procede cuando un derecho fundamental ha sido vulnerado o amenazado.
  • La vulneración o amenaza se origina:
  • En la acción u omisión de una autoridad pública.
  • En la acción u omisión de particulares.
  • El afectado carece de otro medio de defensa judicial, salvo que la Acción de Tutela se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

¿Cuándo NO es procedente la acción de tutela?

  • Cuando existan otros recursos o medios de defensa judicial que sean eficientes.
  • Cuando para proteger el derecho se pueda invocar el recurso de Hábeas Corpus.
  • Cuando se trate de derechos colectivos.
  • Cuando el daño esté hecho.
  • Cuando el acto sea general, impersonal o abstracto.

¿En cuánto tiempo es resuelta una acción de tutela?

La ley ha previsto que el juez constitucional dispone de diez (10) días hábiles siguientes a la admisión de la tutela para proferir el fallo que resuelva de fondo lo solicitado en el escrito de tutela. Lo anterior de conformidad con el artículo 29 del Decreto 2591 de 1991.

Recuerde, el ejercicio de la acción de tutela es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado.

Descargue aquí el modelo acción de tutela para proteger el derecho fundamental de petición en Colombia.

Descargue aquí el modelo acción de tutela para proteger el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida en Colombia.